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Información general sobre el procedimiento de la presentación electrónica

Las siguientes son preguntas frecuentes relacionadas con la presentación de documentos por medios electrónicos. Puede leer la lista completa o hacer clic en una de las preguntas a continuación para ir a la página.

El acto de presentación electrónica por sí solo no constituye consentimiento para el servicio electrónico. Las partes tienen que dar su consentimiento expreso o afirmativo al servicio electrónico. Vea la regla 2.251 de las Reglas de la corte de California para obtener más información.

No. Los documentos que la corte presenta y acepta por medios electrónicos se cargan automáticamente en el sistema de administración de casos de la corte. El acta electrónica es el acta oficial de la corte de conformidad con la sección 68150(a) del Código de Gobierno .

Las partes que presentan pueden ver los documentos enviados inmediatamente a través del portal de su proveedor de servicios de presentación por medios electrónicos (EFSP, por sus siglas en inglés). Todas las otras partes podrán ver un documento después de que sea presentado por la corte. Un documento no se considera presentado hasta que sea aceptado por la corte. Sin embargo, las demandas civiles ilimitadas estarán disponibles para los medios una vez enviadas, antes de ser revisadas o aceptadas por la corte. Una vez presentados, todos los documentos públicos se pueden ver en el portal público de la corte.

El tiempo de respuesta dependerá del tipo de documento presentado. Tiene que recibir una confirmación inmediata de su EFSP si la presentación fue exitosa y recibirá correspondencia adicional sobre la presentación o el rechazo de su(s) documento(s).

Cualquier Aviso de rechazo enviado por la corte incluirá el motivo de la devolución del documento. Si su documento es rechazado, corrija el problema y vuelva a enviar el documento.

Además de no seguir las reglas 2.100 y siguientes de las Reglas de la corte de California , algunas de las razones comunes por las que la corte puede rechazar una presentación incluyen, entre otras:

    • Los documentos se envían incorrectamente como un PDF único o separado; por ejemplo, varios documentos se envían como un solo documento PDF cuando tendrían que ser entradas separadas.
    • La información ingresada en los campos de datos es incorrecta o no coincide con la imagen del documento; por ejemplo, se seleccionó un nombre incorrecto del documento de presentación, el número de caso no coincide y el nombre y/o la dirección de la parte no coinciden.
    • Se seleccionó un tipo de pago incorrecto; por ejemplo, exención de cuotas o exención gubernamental.
    • Se seleccionó un tipo de caso, categoría de caso o tipo de parte incorrecto.
    • Se seleccionó una ubicación incorrecta de la corte.
    • Presentación duplicada.
    • Presentación fuera de plazo; por ejemplo, solicitud ex parte presentada después de la fecha límite de presentación.
    • Los documentos no cumplen con las Reglas de la corte de California o las pautas de las Reglas locales.

Cuando se presenten mociones con documentos de respaldo, cada documento puede incluirse en la misma presentación. Sin embargo, todos los documentos, incluida cualquier orden propuesta, tienen que enviarse como entradas de documentos PDF por separado.

La orden propuesta marcada como "Recibida" será transmitida por medios electrónicos a la parte que la envió por el EFSP.

Una vez que un funcionario judicial revisa y firma una orden propuesta, la corte le enviará la orden firmada al solicitante. Si el solicitante pide servicio electrónico, la orden presentada se devolverá por correo electrónico a la dirección de correo electrónico proporcionada a la corte. Si el solicitante no pide servicio electrónico, la orden firmada se enviará por correo a la dirección proporcionada a la corte.

No. La corte no hará la entrega legal por medios electrónicos a las otras partes en nombre de otra parte. Comuníquese con su EFSP para conocer sus opciones.

El EFSP puede proporcionarle la opción de enviar un correo electrónico de confirmación a otra dirección de correo electrónico que no sea la indicada en su cuenta registrada. El correo electrónico de confirmación no se considera servicio electrónico.

Los requisitos para las copias de cortesía varían dependiendo del tipo de caso. Consulte las preguntas frecuentes sobre la presentación electrónica específicas para su tipo de caso o comuníquese con la oficina del secretario para obtener más información.

Sí. Se tiene que presentar una Prueba de entrega de conformidad con la regla 2.251(j)(1) - (3) de las Reglas de la corte de California.

Es posible que el solicitante no establezca el nivel de seguridad de un documento. En otras palabras, un documento presentado como "confidencial" por el solicitante solo será tratado con dicha confidencialidad de conformidad con la autoridad legal o si esa determinación es tomada por la corte. Por ejemplo, una demanda civil limitada por retención ilícita se presentaría automáticamente como un documento confidencial de conformidad con la sección 1161.2 del Código de Procedimiento Civil.

Consulte las preguntas frecuentes sobre la presentación electrónica específicas para su tipo de caso o comuníquese con la oficina del secretario para obtener más información.

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